De acuerdo con el ARTÍCULO CINCO del Estatuto Social vigente que se transcribe en forma textual, los objetivos sociales de la Cooperativa son los que se indican.
La Cooperativa tendrá por objeto:
a) Generar o adquirir energía eléctrica, distribuirla, ya sea en servicios urbanos o rurales y transformarla conforme a los requerimientos correspondientes.
b) Prestar otros servicios públicos como los de gas, teléfonos, comunicaciones, construcción y mantenimiento de pavimentos, desagües, redes de provisión de agua o de cloacas, construcción de cercos, veredas y todo otro servicio que promueva el bienestar de sus asociados y el desarrollo de la comunidad. Para ello podrá efectuar las construcciones necesarias o financiarlas con sus propios fondos, celebrando los convenios y contratos que fuere menester, ya sea con los poderes públicos nacionales, provinciales y municipales, entes administrativos o de carácter privado de cualquier naturaleza.
c) Podrá adquirir y vender materiales, útiles y enseres para toda clase de instalaciones relacionadas con sus actividades, así como suministrar elementos para su uso.
d) Adquirir viviendas individuales o colectivas, o construirlas, sea por administración o por medio de contratos con empresas del ramo, para entregarlas en uso o en propiedad, en las condiciones que se especifiquen en el reglamento respectivo; adquirir terrenos para sí o para destinarlos a vivienda; ejecutar por administración o por medio de contratos con terceros las obras necesarias para la conservación, ampliación o mejoramiento de las viviendas de sus asociados; solicitar ante instituciones oficiales o privadas los créditos necesarios para la construcción de la vivienda y gestionarlos para los mismos fines; adquirir en el mercado los materiales y demás elementos necesarios para la construcción, con destino a su empleo por la Cooperativa o al suministro; gestionar el concurso de los poderes públicos para la realización de las obras viales necesarias, obras sanitarias y de desagüe en la zona de influencia de la Cooperativa; proporcionar el asesoramiento en todo lo relacionado con el problema de la vivienda brindando los servicios técnicos y la asistencia jurídica necesarios; propender al fomento de los hábitos de economía y previsión entre los asociados. La Cooperativa excluye de sus objetivos las operaciones de ahorro y préstamo para la vivienda u otros fines.
e) Adquirir o producir, para distribución, artículos de consumo, de uso personal y del hogar.
f) Organizar y prestar el servicio de Biblioteca Pública, que se denominará Ingeniero Julio Rateriy, orientado preferentemente a brindar apoyo bibliográfico y documental a los estudiantes y docentes de las carreras técnicas que se dictan en la ciudad y la zona, así como también a difundir los valores y principios del cooperativismo y a fomentar el conocimiento de la historia regional.
g) Organizar y prestar el servicio de Centro Cultural, comprendiendo el dictado de cursos de disciplinas diversas y la realización de otras actividades culturales o educativas.
h) Fomentar el espíritu de solidaridad entre sus asociados, y cumplir con el fin de formar una conciencia cooperativa, ejecutando programas de difusión y educación cooperativa.
i) Los servicios de suministro de electricidad a que se refiere el inciso a), como asimismo todas las demás prestaciones especificadas precedentemente podrán prestarse a terceros no asociados, dentro de las normas correspondientes que las condicionan, establecidas por la autoridad de aplicación, y los usuarios no tendrán derecho al retorno de utilidades que correspondiere.